Todos los productos de origen animal o vegetal deben ser inspeccionados por el SAG para poder ser ingresados al país (Ejemplo: Café, comidas para mascotas, alimentos, etc.). EL SAG cobra 0.5 UTM por realizar esta inspección.
eShopex si puede realizar este trámite a nombre del cliente, lo que tiene un costo adicional de $10.000. Para esto, el cliente debe enviar un email a
restringidos@eshopex.cl autorizando a que Eshopex realice este trámite ante el SAG, aceptando los cobros realizados por el SAG y EShopex por dicha inspección y enviando copia de la factura comercial de la compra (email enviado por la tienda donde se realizó la compra fuera de Chile).
Una vez que el producto llega al aeropuerto internacional de Santiago, Eshopex notificará al cliente vía sobre el estado del trámite ante el SAG, el que tiene una demora de 1 a 3 días hábiles. Una vez obtenida la autorización por parte del SAG, Eshopex internará el producto y el cliente será notificado en 24 horas para retirar el producto desde las oficinas de Eshopex o coordinar despacho a domicilio.
NOTA: Para internar semillas o materiales de propagación se deben presentar en forma adicional el Certificado Fitosanitario emitido por el proveedor fuera de Chile.
Para el servicio de envíos internacionales, la Empresa no acepta recibir envíos que contengan: armas de fuego, explosivos o detonantes; perecederos; oxidantes y peróxido orgánico; líquidos; material flamable, magnético o radioactivo; estupefacientes y enervantes; sustancias venenosas e infecciosas; gases comprimidos; grasas, aceites o lubricantes: obras arqueológicas; valores de cualquier tipo (metales preciosos, joyas, papel moneda, monedas); sprays y aerosoles; vegetales y animales, materiales obscenos u ofensivos.
La Empresa prohíbe expresamente el transporte de cargas consideradas legalmente peligrosas de acuerdo a las normas chilenas 382 Of 89 y NCh 2120/1 al 9 Of 89, las normas sobre transporte aéreo y las que dicten la Dirección General de Aeronáutica Civil, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y la International Air Transport Association (IATA), incluyendo materiales peligrosos en su manejo, tales como corrosivos o inflamables, de fácil descomposición y aquellos que despidan malos olores, así como tampoco artículos de procedencia extranjera que no se encuentren legalmente amparados con la documentación que acredite su legal internación al país, debiendo adjuntar al envío, el original o copia certificada notarial, de igual manera enviar cualquier material que suponga o sea una amenaza, sea difamatorio, obsceno, indecente, ofensivo, pornográfico, abusivo, xenófobo, discriminatorio, escandaloso o blasfemo; que constituya o fomente una conducta que sería considerada como una conducta criminal, que diera lugar a responsabilidad civil, que sea ilegal o infrinja los derechos de terceros, en cualquier país del mundo; que sea técnicamente dañino (incluyendo, sin limitación, virus informáticos, bombas lógicas, troyanos, gusanos, datos corruptos o software malicioso).
Igualmente y en cumplimiento a las normas contenidas en el Decreto Supremo Nº 543 de Relaciones Exteriores de 1990, en especial, al artículo 15, relacionado con los estupefacientes y sustancias sicotrópicas, la Empresa tomará todas las precauciones razonables a fin de impedir que el medio de transporte sea utilizado para cometer delitos tipificados en el referido decreto.
Asimismo, eShopex no aceptará ninguna carga que se encuentre con prohibición fitosanitaria vigente del Servicio Agrícola y Ganadero. En el evento que el Cliente violare las prohibiciones anteriores éste será el único responsable de todos los daños y perjuicios a las personas o cosas que tengan como causa el transporte de esa carga. impedir que el medio de transporte sea utilizado para cometer delitos tipificados en el referido decreto.
Asimismo, eShopex no aceptará ninguna carga que se encuentre con prohibición fitosanitaria vigente del Servicio Agrícola y Ganadero. En el evento que el Cliente violare las prohibiciones anteriores éste será el único responsable de todos los daños y perjuicios a las personas o cosas que tengan como causa el transporte de esa carga.